Diputado Hugo Rey propone que el Estado asuma las deudas de pensión de alimentos

En la sesión de este miércoles, en la Cámara de Diputados fue presentado un proyecto que solicita al Presidente de la República que envíe un proyecto de ley para disponer que frente al incumplimiento en el pago de una pensión de alimentos fijada por un tribunal, el Estado asuma la deuda adquiriendo el derecho a repetir contra el deudor, pudiendo perseguir el pago por todos los medios legales que se definan para tal efecto.

Los autores de este proyecto son los diputados Hugo Rey, Ximena Ossandón, José Miguel Castro, Andrés Celis, Jorge Durán, Francisco Eguiguren, Andrés Longton, Miguel Mellado y Erika Olivera.

Los diputados expresan que una de las injusticias que más se ha perpetuado en nuestro país es el no pago de las pensiones de alimento. A julio de 2020, el 84% de ellas se encontraban impagas.

“La Ley Nº 14.908 establece diversas medidas para poder compeler al deudor a pagar los alimentos. Estas medidas van desde retención de impuestos hasta arresto nocturno. Sin embargo, todas ellas son insuficientes. Y lo son, precisamente porque las cifras lo comprueban: siempre hay un modo de eludir la obligación y dejar en completa indefensión al demandante de alimentos”, explican en el proyecto.

Por ello, proponen que se adopten medidas que solucionen el problema de raíz. “La fórmula consiste en que el Estado, frente a la deuda impaga, asuma como deudor, pague la deuda y luego persiga al verdadero deudor”, agregan.

De esta manera, explica el diputado Hugo Rey, el Estado asume una posición activa para superar la injusticia del no pago de las pensiones de alimentos; además tiene mucha más capacidad para perseguir el cobro de la deuda. Por ejemplo, será más difícil que el deudor engañe sobre su domicilio, como ocurre actualmente.

La propuesta no solo tiene un fundamento de justicia y de rol subsidiario del estado, sino que implica asumir ciertas lógicas que hoy están vigentes. En efecto, el objetivo es que el Estado asuma como verdadero aval, del mismo modo que es aval respecto de otras deudas, como las que nacen del incumplimiento del pago de créditos con garantía estatal para educación.

Imagen de archivo