¡Día histórico! Matrimonio igualitario pasó a fase de promulgación como ley tras su aprobación en la Cámara

La Sala ratificó el informe de la comisión mixta del proyecto, que ya había sido aprobado por el Senado, esta mañana. En lo medular, la iniciativa modifica el Código Civil para permitir el matrimonio de parejas del mismo sexo y regular los derechos y obligaciones que adquirirán quienes lo celebren.

La Cámara selló favorablemente la tramitación del proyecto de ley que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, dejándolo ahora en manos del Ejecutivo para su pronta promulgación. Tras la aprobación del informe de la comisión mixta en el Senado, la medida pasó, inmediatamente, a la Sala de la Cámara. Allí, sin discusión, se votó arrojando como resultado 82 votos a favor, 20 en contra.

El grueso de los cambios se efectúa en el Código Civil. Entre las normas se especifica que las leyes u otras disposiciones que hagan referencia a las expresiones “marido y mujer – marido o mujer” se entenderán aplicables a todos los cónyuges, sin distinción de sexo, orientación sexual o identidad de género.

Los padres y las madres de una persona son sus progenitores, respecto de los cuales se ha determinado una relación de filiación. Se entenderán como tales a su madre y/o padre, sus dos madres, o sus dos padres.

Aclara que la filiación de los hijos puede no encontrarse determinada respecto de uno de sus progenitores o de ambos. Asimismo, especifica que los hermanos pueden serlo de doble conjunción (lo son por parte de ambos progenitores) o simple conjunción (solo por parte de uno de ellos).

Además, especifica que el “matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”.

Por último, entre otras variadas disposiciones, se indica que la presente ley comenzará a regir noventa días después de su publicación en el Diario Oficial.