Para mañana las temperaturas oscilarían de 3ºC a 15ºC, sin precipitaciones y malas condiciones de ventilación.
El Intendente (s) de la Región del Maule, Felipe Donoso, declaró Emergencia Ambiental para mañana sábado 6 de junio, que corresponde a un episodio crítico de contaminación atmosférica por material particulado respirable para las comunas de Talca y Maule.
Las condiciones climáticas indican que las temperaturas oscilarán con una mínima de 3ºC y una máxima de 15ºC, sin precipitaciones y malas condiciones de ventilación.
Las medidas a implementar en esta Gestión de Episodios Críticos (GEC), detalladas en el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) de las comunas de Talca y Maule, para Emergencia corresponden a las siguientes:
- Se suspenderán las actividades físicas y deportivas al aire libre y al interior de gimnasios durante todo el día.
- No se permitirán humos visibles provenientes de viviendas durante las 24 horas del día (en polígono único).
- Se prohibirá el funcionamiento de calderas con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt y con emisiones mayores a 30 mg/m3N de material particulado, las 24 horas del día (en la zona saturada).
- Se prohibirá el funcionamiento de calderas a leña o carbón con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt y hornos a leña o carbón, las 24 horas del día horas del día (en la zona saturada).
La Seremía de Salud tiene habilitado un “Fono Denuncia”, 56 9 32454304 para alertar al servicio público, quienes son los fiscalizadores, cuando no se esté cumpliendo con las medidas. El horario de funcionamiento será durante todo el día para el caso de Emergencia Ambiental.
CURICÓ
Para el Valle Central de la Provincia de Curicó, se declaró Pre-Emergencia Ambiental para mañana. Las medidas en esta caso son:
- Se suspenderán las actividades físicas y deportivas al aire libre y al interior de gimnasios durante todo el día.
- No se permitirán humos visibles provenientes de viviendas entre las 18:00 y 06:00 horas del día siguiente (en polígono único).
- Se prohibirá el funcionamiento de calderas con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt y con emisiones mayores a 30 mg/m3N de material particulado, las 24 horas del día (en la zona saturada).
- Se prohibirá el funcionamiento de calderas a leña o carbón con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt y hornos a leña o carbón, entre las 18:00 y 06:00 horas del día siguiente (en la zona saturada).