Tras poco más de 10 horas de debate, la Sala del Senado aprobó y despachó a la Cámara de Diputados a cumplir su tercer trámite, el proyecto de reforma constitucional que permite el retiro excepcional del 10% de los fondos acumulados de capitalización individual.
La iniciativa fue aprobada en general con 29 votos a favor, 13 en contra y una abstención y la mayoría de los cambios que se introdujeron en la Comisión de Constitución de la Cámara Alta, fueron respaldados con una votación similar, a excepción de la disposición que reponía la creación del Fondo Solidario Colectivo de Pensiones, que fue finalmente desechado con 7 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones.
En tanto, con 29 votos a favor y 14 en contra, la Sala aprobó una disposición que señala que “los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de las deudas originadas por obligaciones alimentarias”.
Con la misma votación se aprobó el inciso que señala que los fondos retirados no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal, serán pagados en forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las AFP.
El resto de los cambios introducidos en la Comisión de Constitución, relativos al plazo para retirar los fondos o la forma en que se podrá realizar dicho retiro, fueron aprobados con la misma votación de 29 votos a favor y 14 en contra.
Otra de los cambios que se rechazó, fue el inciso que señalaba que los fondos previsionales de los afiliados, ahorrados tanto en forma obligatoria como voluntaria, serán inembargables e inexpropiables. Dicha disposición tuvo 18 votos a favor y 24 en contra.